Pasar al contenido principal

Especies exóticas invasoras

Una especie Subdivisión del género, la especie es un grupo de organismos estrechamente relacionados y de apariencia similar; en el caso del Homo sapiens (el ser humano), la segunda parte del nombre (sapiens) representa a la especie. exótica (animal, vegetal o microorganismo) es aquella que ha sido introducida como consecuencia de la actividad humana en una zona que no hubiera podido alcanzar por sí sola. Ciertas especies Subdivisión del género, la especie es un grupo de organismos estrechamente relacionados y de apariencia similar; en el caso del Homo sapiens (el ser humano), la segunda parte del nombre (sapiens) representa a la especie. exóticas, como la patata y el tomate, que son originarias de Sudamérica, han tenido gran importancia para la economía europea a lo largo de cientos de años. Otras, conocidas como especies exóticas invasoras, crean problemas graves al introducirse en nuevos territorios. Valga citar, por ejemplo, las plagas en la agricultura y la silvicultura o los vectores de enfermedades.

Muchas de las especies invasoras presentes en Europa, como árboles, cultivos, plantas ornamentales de jardín y animales de compañía, se introdujeron intencionadamente. Otros visitantes han llegado accidentalmente, como «polizones» en contenedores de transporte aéreo o marítimo o, como ha sucedido en el caso de ciertos crustáceos, en los cascos de las naves. A menudo no plantean amenaza alguna hasta que llegan a hábitats naturales en los que no hay competidores ni depredadores.

Sea cual sea su medio de transporte, la amenaza que representan las especies invasoras está aumentando como consecuencia del cambio climático, del auge de los desplazamientos de personas y de la globalización del comercio. La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio los califica como una de las principales causas de pérdida de biodiversidad Término utilizado para describir la variedad de los organismos vivos presentes en un ambiente específico. , junto con factores como la destrucción del hábitat, el cambio climático y la contaminación.

¿En qué consiste el problema?

Las especies nativas tienen resistencia a plagas o enfermedades locales pero a menudo no tienen defensas naturales contra organismos «extraños» y pueden sufrir un declive catastrófico. Además, los animales o insectos que los depredadores mantienen bajo control en su entorno natural pueden reproducirse rápidamente e infestar un nuevo entorno en el que no existen tales controles y equilibrios.

Las consecuencias destructivas de las infestaciones de conejos y la introducción de la ardilla gris norteamericana en Europa son bien conocidas, pero hay muchos otros ejemplos: la mariquita asiática representa una amenaza mortal para las mariquitas autóctonas y otros insectos en Europa; el coipo, el visón y la rata almizclera, traídos de Estados Unidos por su piel, se han asilvestrado en Europa y están causando daños en canales y sistemas de protección contra inundaciones o diezmando las poblaciones de especies indígenas como las ratas de agua; la sanguinaria mayor del Japón (Fallopia japonica), que se introdujo en Europa desde el este de Asia como planta ornamental en el siglo XIX, está causando daños a la vegetación autóctona y a las especies de insectos de todo el continente y existe un consenso generalizado acerca de que el alarmante descenso en el número global de abejas es al menos parcialmente atribuible a la propagación y el impacto de plagas como el ácaro Varroa.

El proyecto de investigación financiado por la UE sobre la elaboración de inventarios de especies exóticas invasoras en Europa (DAISIE, por sus siglas en inglés) enumera más de 10 000 especies exóticas presentes en el campo, las vías fluviales y el medio marino de Europa. Aunque no todas son invasoras, se calcula que hasta el 15 % de ellas puede representar un peligro Sustancia o actividad susceptible de causar efectos adversos a organismos vivos o al medioambiente. para la diversidad biológica europea. Desde 1950 ha ido estableciéndose en Europa más de una especie al año, un ritmo que no presenta signos de declive.

Especies invasoras y salud humana

Además de causar daños importantes al medio ambiente y a los servicios ecológicos, las especies invasoras pueden suponer una amenaza para los seres humanos. El mosquito tigre asiático (Aedes albopictus), que llegó a Europa a través del comercio de neumáticos de automóvil usados, se ha vinculado a la transmisión de más de 20 patógenos humanos, entre los que se incluyen los causantes de la fiebre amarilla y el dengue. Plantas exóticas como la (Ambrosia sp.) y el perejil gigante (Heracleon mantegazzianum) pueden causar alergias, irritación cutánea y quemaduras. Las especies invasoras también se han vinculado a la propagación de virus como el de la gripe y el VIH.

Coste económico

La presencia de especies exóticas invasoras puede salir cara a sus nuevos países hospedadores. Por ejemplo, la grafiosis del olmo (causada por un hongo introducido) ha devastado las poblaciones de olmos en Europa, mientras que el nematodo de la madera de pino (Bursaphelenchus xylophilus), que se cree tiene su origen en Norteamérica, ha llegado a Portugal y está causando daños graves a ciertas especies de pino. La ardilla gris norteamericana no solo sale victoriosa en su competencia con la ardilla roja nativa (es portadora del parapoxvirus, que es devastador para estas últimas) en Italia y el Reino Unido, sino que, además, daña las coníferas y reduce el valor de su madera.

Los costes para Europa del control y la erradicación de las especies exóticas invasoras y de la reparación de los daños que causan se estima en más de 10 000 millones de euros al año. Tal cifra no tiene en cuenta el coste asociado a los principales patógenos humanos o a brotes de enfermedades animales.

¿Qué se está haciendo?

El Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica exige a los Estados miembros que «en la medida de lo posible y cuando sea apropiado, prevengan la introducción, controlen o erradiquen las especies exóticas que amenazan los ecosistemas, los hábitats o las especies». Uno de los objetivos del Convenio, adoptado en 2010, establece que «para 2020, se habrán identificado y priorizado las especies exóticas invasoras y vías de introducción, se habrán controlado o erradicado las especies prioritarias y se habrán establecido medidas para gestionar las vías de introducción a fin de evitar su introducción y establecimiento».

El objetivo de la ONU también se incluye en la Estrategia de biodiversidad de la UE. Para contribuir a la consecución de este objetivo, la UE ha adoptado un nuevo Reglamento sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras (véase el marco reglamentario de la UE Nombre que reciben las políticas y legislaciones de Europa que protegen colectivamente al consumidor. infra).

Actividades

En junio de 2011, la Comisión Técnica PLH concluyó que existía «un riesgo de entrada y establecimiento adicionales» del patógeno que causa la muerte repentina del roble (Phytophthora ramorum) en la UE y que los brotes recientes (que habían afectado a unas 1 900 hectáreas de alerce japonés, o 500 000 árboles, solo en Inglaterra y Gales) representaban un «importante cambio de ritmo» en la epidemiología Estudio de la frecuencia con la que se producen enfermedades y otras afecciones en distintos grupos de personas y sus causas. Incluye el estudio de mediciones relacionadas con la salud (p. ej. la exposición a plaguicidas o un déficit de vitaminas) en una población y cómo pueden afectar al riesgo de problema de salud. del P. ramorum. Recomendaba, pues, una serie de opciones para reducir la probabilidad Posibilidad de que se produzca un acontecimiento determinado o de que un valor medido se sitúe en un intervalo concreto. de propagación adicional.

En marzo de 2012, un dictamen sobre los riesgos asociados a los nematodos del quiste de patata sudamericanos (Globodera pallida y Globodera rostochiensis) para especies solanáceas como las patatas y los tomates llegaba a la conclusión de que las medidas fitosanitarias en vigor eran importantes para evitar la entrada de nuevos genotipos virulentos de la plaga.

También en 2012, la Comisión Técnica PLH presentó una evaluación del análisis del riesgo de plagas para el territorio español del caracol manzana (Pomacea insularum), elaborada por el Ministerio español de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Los caracoles manzana, originarios de Sudamérica, representan una plaga grave para los cultivos de arroz y pueden tener efectos devastadores en los humedales naturales. La Comisión Técnica publicó posteriormente una evaluación detallada del posible establecimiento del caracol manzana en el territorio de la UE seguida, en abril de 2014, de una evaluación de impacto ambiental del caracol manzana, que apuntaba a la posibilidad de que se produjeran efectos negativos graves en la biodiversidad, el funcionamiento de los ecosistemas y los servicios ecosistémicos Beneficios que brinda un ecosistema a la población humana o animal, como el aporte de alimentos o combustible, los ingredientes medicinales naturales o el mantenimiento de la fertilidad del suelo. de los humedales de Europa meridional.

La Comisión Técnica examinó varias medidas para limitar o evitar la propagación en la UE de la mosca blanca (Bemisia tabaci) en un dictamen publicado en abril de 2013. La Bemisia tabaci es una plaga grave que se alimenta de casi todos los cultivos vegetales y se considera una de las amenazas más graves para los cultivos de todo el mundo, debido principalmente al gran número de virus que transmite.

La Comisión Técnica de Salud y Bienestar de los Animales (Comisión Técnica AHAW) de la EFSA publicó un dictamen científico Dictamen que puede incluir evaluaciones de riesgos relativas cuestiones científicas generales; evaluaciones de una solicitud de autorización de un producto, una sustancia o una alegación; o una valoración de una evaluación de riesgos. en marzo de 2013 sobre el riesgo de entrada en la UE del pequeño escarabajo de la colmena (Aetina tumida) y del ácaro Tropilaelaps y sobre la identificación y evaluación de opciones de reducción del riesgo. Se identificaron opciones de reducción del riesgo de un elevado grado de eficacia Calidad del funcionamiento de algo en relación con normas o expectativas predefinidas. y viabilidad técnica en todas las vías de riesgo, salvo para la «importación accidental de abejas» y la «propagación de la plaga por medios naturales o vuelos». La Comisión Técnica identificó la necesidad de contar con unos métodos de detección rápida validados, tanto para plagas como para la gestión y el muestreo de abejas importadas en un entorno a prueba de insectos en el destino designado.

Papel de la EFSA

La Comisión Técnica de Fitosanidad de la EFSA (Comisión Técnica PLH) inició su actividad en el verano de 2006. A petición de la Comisión Europea, La Comisión Técnica evalúa el riesgo fitosanitario de las plagas de vegetales. Haciendo uso de este asesoramiento científico, la Comisión Europea considera la inclusión de la plaga en cuestión en las listas de organismos nocivos de la Unión Europea. El primer paso consiste en la preparación de una evaluación del riesgo Ámbito especializado de las ciencias aplicadas que consiste en revisar datos y estudios científicos con el fin de evaluar los riesgos asociados a determinados peligros. Consta de cuatro etapas: identificación del peligro, caracterización del peligro, evaluación de la exposición y caracterización del riesgo. de plagas o en la evaluación de un documento de evaluación del riesgo de plagas elaborado por la parte que solicita la adopción de medidas. Para armonizar y aclarar su metodología, la Comisión Técnica ha publicado varios documentos de orientación.

En enero de 2010, la Comisión Técnica PLH acordó un conjunto de principios para la evaluación del riesgo de plagas para la fitosanidad. Posteriormente, se elaboraron documentos de orientación sobre el proceso y los criterios utilizados por la Comisión Técnica PLH para la evaluación de los documentos de evaluación del riesgo de plagas presentados por terceros. Estos documentos suelen presentar formatos distintos y varían en cuanto a metodología y nivel de detalle, por lo que las orientaciones se desarrollaron para garantizar la coherencia y la claridad.

En junio de 2012, la Comisión Técnica PLH publicó un importante documento de orientación sobre la evaluación de la eficacia de las opciones para reducir el riesgo de introducción y propagación de organismos nocivos en la Unión Europea.

Además de estos resultados, la Comisión Técnica PLH también ha publicado una metodología de evaluación de impacto ambiental que plantean los organismos nocivos que puedan entrar y establecerse en la UE. Este nuevo enfoque incluye métodos para evaluar el impacto en los ecosistemas, tanto en lo que se refiere a la biodiversidad como en lo que concierne a la prestación de servicios ecosistémicos. La metodología se utilizó por primera vez en la evaluación por parte de la Comisión Técnica PLH del impacto ambiental del caracol manzana (Pomacea maculata), publicada en abril de 2014.

Marco de la UE

Especies exóticas invasoras: En 2014, el Consejo de la Unión Europea adoptó un Reglamento sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras. Dicho Reglamento establece las normas para prevenir, reducir al máximo y mitigar los efectos adversos de la introducción y propagación, tanto de forma deliberada como no deliberada, de especies exóticas invasoras sobre la biodiversidad, los servicios ecosistémicos conexos y otros ámbitos de importancia económica y social. Para ello, la Comisión Europea mantiene una lista abierta de especies exóticas invasoras preocupantes, que se actualiza y revisa periódicamente. Las especies de la lista no podrán introducirse intencionadamente en el territorio de la UE, ni podrán mantenerse, criarse, transportarse a la Unión, ni desde esta, ni dentro de esta, introducirse en el mercado, cultivarse o liberarse en el medio ambiente.

Fitosanidad: Las medidas de protección contra la introducción en la Unión Europea (UE) de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la UE se establecen en la Directiva 2000/29/CE del Consejo. Esta contiene listas de organismos nocivos que suponen un riesgo fitosanitario en la UE. La Directiva comprende plantas vivas y partes vivas de las plantas, incluidos frutos, flores cortadas y semillas. La Comisión Europea está trabajando actualmente en la revisión de la legislación del ámbito fitosanitario. La nueva legislación hará más hincapié en el comercio de alto riesgo procedente de terceros países y en una mejora de la trazabilidad Capacidad de rastrear el recorrido de un producto alimenticio o ingrediente a lo largo de todas las etapas de producción, procesado y distribución. del material vegetal. También introducirá un sistema de vigilancia mejorado y medidas que permitan la erradicación precoz de brotes de nuevas especies de plagas. Además, el proyecto de nuevo régimen fitosanitario incluye elementos relacionados con el medio natural y los efectos que las plagas tienen en las plantas autóctonas, la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.

Sanidad animal: Para evitar la introducción en la UE del pequeño escarabajo de la colmena y el ácaro Tropilaelaps a través de la importación de abejas vivas, la Comisión adoptó en 2003 la Decisión 2003/881/CE sobre los requisitos de importación de productos zoosanitarios para abejas vivas, abejorros y productos apícolas destinados a su uso en la apicultura. La Decisión 2003/881/CE fue sustituida por el Reglamento (UE) n.° 206/2010, que incorpora requisitos de importación de abejas reina vivas, abejorros reina vivos y colonias de abejorros procedentes de entornos controlados. Estos requisitos solo permiten la introducción en la UE de abejas reina con un número limitado de abejas acompañantes procedentes de terceros países que figuran en la parte 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.° 206/2010 (es decir, países cuyos servicios veterinarios están autorizados para expedir certificados para la UE) y también prevén controles estrictos de importación en la UE.