Seguimiento de la reevaluación del dióxido de azufre (E 220), sulfuro de sodio (E 221), bisulfito sódico (E 222), metabisulfito de sodio (E 223), metabisulfito de potasio (E 224), sulfito cálcico (E 226), bisulfito cálcico (E 227) y bisulfito potásico (E 228)
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Exención de responsabilidad
- Este resumen en lenguaje sencillo (PLS) es una comunicación simplificada del seguimiento por parte de la EFSA de la reevaluación de los sulfitos de dióxido de azufre (E 220-228).
- Su finalidad es mejorar la transparencia e informar a las partes interesadas sobre la labor de la EFSA en este ámbito utilizando un lenguaje simplificado.
- Las personas interesadas en conocer los resultados, el análisis y la interpretación en detalle deberán consultar el informe completo de la EFSA aquí.
Sulfitos de dióxido de azufre: visión de conjunto
- Los sulfitos se encuentran de forma natural en algunos alimentos y también son aditivos alimentarios de uso común.
- Se utilizan para mantener la apariencia, aumentar la vida útil y prevenir el crecimiento de microorganismos peligrosos (p. ej., hongos, bacterias).
- Se suelen añadir a los zumos de frutas y a los vinos.
- Los sulfitos utilizados por la industria alimentaria son dióxido de azufre (E 220), sulfuro de sodio (E 221), bisulfito sódico (E 222), metabisulfito de sodio (E 223), metabisulfito de potasio (E 224), sulfito cálcico (E 226), bisulfito cálcico (E 227) y bisulfito potásico (E 228).
¿Qué se solicitó a la EFSA?
- La EFSA se encarga de ofrecer asesoramiento científico independiente sobre aditivos alimentarios a los gestores del riesgo y a los responsables políticos de la UE.
- La antigua Comisión Técnica de la EFSA sobre Aditivos Alimentarios y Fuentes de Nutrientes Añadidos a los Alimentos (Comisión ANS) completó una reevaluación de los sulfitos de dióxido de azufre (E 220-228) en 2016.
- La Comisión Técnica de Aditivos Alimentarios y Fuentes de Nutrientes Añadidos a los Alimentos de la EFSA señaló varias incertidumbres y limitaciones en los datos disponibles y llegó a la conclusión de que la ingesta diaria admisible (IDA) del grupo era adecuada, pero debía considerarse temporal, mientras se generaban más datos.
- Siguiendo la recomendación de la Comisión Técnica de Aditivos Alimentarios y Fuentes de Nutrientes Añadidos a los Alimentos de la EFSA sobre las lagunas existentes en los datos, la Comisión Europea (CE) publicó una llamada para recabar datos adicionales.
- Se encargó a la EFSA que rehiciera la evaluación de seguridad de los sulfitos de dióxido de azufre basándose en los datos facilitados por la industria alimentaria y que llevara a cabo una amplia revisión bibliográfica.
¿Cómo ha llevado a cabo la EFSA esta labor?
- En respuesta a la solicitud, la Comisión Técnica de Aditivos Alimentarios y Aromatizantes de la EFSA volvió a evaluar los datos sobre la base de:
- Datos presentados por la industria alimentaria.
- Una amplia revisión bibliográfica de los estudios publicados entre enero de 2014 (que se solapa con el final de la cobertura de la reevaluación de 2016) y marzo de 2022.
- Se realizó una búsqueda bibliográfica adicional de estudios de inhalación anteriores a 2014 no incluidos en la reevaluación de 2016.
- Dado que los estudios notificaron datos sobre parámetros identificados como pertinentes para la identificación de un punto de referencia, la búsqueda bibliográfica se amplió posteriormente para incluir estudios orales que investigaban la toxicidad neurotóxica y reproductiva.
- Se utilizó un enfoque del margen de exposición (ME) para evaluar los riesgos.
- La Comisión Técnica también llevó a cabo una evaluación del riesgo de los elementos tóxicos presentes en los sulfitos de dióxido de azufre (E 220-228) sobre la base de los datos presentados por la industria.
¿Cuáles son los resultados?
- Desde 2016 se han generado pocos datos para subsanar las deficiencias detectadas.
- La IDA existente se retiró porque no se disponía de datos de toxicidad adecuados.
- Se identificó un valor de referencia para comparar los niveles de exposición.
- El factor de evaluación se calculó teniendo en cuenta el parámetro utilizado para el valor de referencia y los datos disponibles.
- Los ME calculados plantean algunas preocupaciones de seguridad para los grandes consumidores de productos alimenticios que contienen sulfitos.
- Deben reducirse los límites máximos en las especificaciones de la UE para el arsénico, el plomo y el mercurio y debe introducirse un límite máximo para el cadmio.
¿Cuáles eran las limitaciones?
- El principal problema fue la limitada disponibilidad de datos, ya que la industria no generó nuevos datos tras las recomendaciones de la reevaluación de 2016.
- Además, en la búsqueda bibliográfica sólo se encontraron unos pocos datos nuevos.
Implicaciones y recomendaciones para las autoridades de salud pública
- Los niveles actuales de uso de los sulfitos de dióxido de azufre pueden ser motivo de preocupación.