Reclamaciones externas

¿Sobre qué puedo reclamar?

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) proporciona asesoramiento científico independiente acerca de riesgos existentes y emergentes relacionados con los alimentos con el fin de ayudar a los gestores de riesgos de la UE a tomar sus decisiones y a proteger a los consumidores frente a los riesgos que se presentan a lo largo de la cadena alimentaria. El mandato de la EFSA abarca: la seguridad de los alimentos y los piensos, la nutrición Ciencia que estudia la forma en la que la alimentación responde a las necesidades de sustento del organismo, la salud y el bienestar de los animales, la protección fitosanitaria y la sanidad vegetal.

El trabajo de la EFSA implica:

  • recabar datos científicos y conocimientos especializados
  • proporcionar asesoramiento científico independiente y actualizado sobre cuestiones de seguridad alimentaria
  • comunicar sobre su trabajo científico al público
  • cooperar con los Estados miembros, los organismos internacionales y otras partes interesadas
  • aumentar la confianza en el sistema de seguridad alimentaria de la UE proporcionando asesoramiento fiable y confiable

Pueden presentarse reclamaciones sobre asuntos relacionados con la misión de la EFSA. La EFSA no es responsable de la aplicación del Derecho de la Unión ni del control de su cumplimiento, de la inspección alimentaria o de las decisiones de gestión de riesgos, como las que se refieren a la autorización de productos regulados.

En este contexto, la EFSA concede a cualquier persona física o jurídica la posibilidad de presentar una reclamación si considera que se ha producido una violación de las normas y principios establecidos en los instrumentos normativos o legislativos u otros documentos pertinentes relacionados con decisiones, prácticas, comportamientos u omisiones de la EFSA. Esto incluye, por ejemplo, decisiones que afectan a los datos personales, datos reglamentarios presentados durante una evaluación científica o comunicaciones que afectan directamente a los intereses jurídicos de una persona.

Las reclamaciones que deban presentarse en el marco de procedimientos específicos [por ejemplo, recursos contra decisiones en relación con un procedimiento de selección referido a una vacante o un puesto comparable, solicitudes de acceso del público a documentos, solicitudes de revisión de decisiones adoptadas en el contexto de la gestión de conflictos de intereses y solicitudes de tratamiento confidencial de la información y de revisión administrativa en virtud de los Reglamentos (CE) n.° 1829/2003, n.° 1831/2003 y n.° 2065/2003, etcétera] deberán atenerse a los procedimientos descritos en el acto o proceso jurídico respectivo, no al presente mecanismo de reclamación genérico. 

¿Cómo puedo presentar una reclamación?

  • Las reclamaciones pueden presentarse aquí, facilitando a la Autoridad la siguiente información:
    • la identidad (nombre, apellidos, datos de contacto, empleador/organización si procede, etc.);
    • el motivo de su reclamación;
    • el resultado que se espera obtener de la reclamación presentada; y
    • cualquier documento justificativo o referencia a documentación que sea pertinente (enlaces a sitios web o publicaciones, nombre del producto, número de referencia de la EFSA, documento, etcétera).
  • Las reclamaciones deberán presentarse ante la EFSA en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se haya recibido la información o tenido conocimiento de los hechos en los que se basa.
  • La persona que presente la reclamación tendrá la posibilidad de solicitar el tratamiento confidencial de la reclamación o de determinadas partes de aquella indicándolo en la propia reclamación y aportando los motivos o justificaciones.

¿Cómo tramita la EFSA las reclamaciones?

  • La EFSA acusa recibo o responde de algún modo a las reclamaciones presentadas por escrito en un plazo de dos semanas, a menos que carezca de información suficiente (véase más arriba) o que la reclamación sea abusiva, excesiva en número, repetitiva o insustancial. En estos casos, la EFSA no tramitará la correspondencia recibida.
  • La EFSA se compromete a responder en un plazo de dos meses a partir de la recepción de una reclamación completa. Este plazo podrá ampliarse en función de la complejidad del caso.
  • La Autoridad se compromete, además, a tramitar las reclamaciones de conformidad con el Código de Buena Conducta Administrativa de la EFSA.
  • Por lo que se refiere a las solicitudes de revisión interna formuladas en virtud del Reglamento (CE) n.º 1367/2006, la EFSA se compromete a responder en un plazo de dieciséis semanas a partir de la expiración del plazo de ocho semanas previsto para presentar la reclamación, o en un plazo de veintidós semanas a partir del plazo de ocho semanas previsto para los casos más complejos, tal como se establece en el artículo 10 de dicho Reglamento.  

¿Hay otras medidas u opciones a disposición de los reclamantes?

Si no queda satisfecho con la respuesta de la EFSA a su reclamación, tiene otros medios a su disposición:

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